La cuota anual de pertenencia a CAPS se abona por anticipado y corresponde al período anual establecido por la Asociación.

Las cuotas de pertenencia ya abonadas no serán objeto de devolución total ni parcial, aunque la persona asociada solicite su baja antes de finalizar el período anual correspondiente.

La persona asociada podrá solicitar su baja voluntaria en cualquier momento escribiendo a:

caps@capsmujeresysalud.org

La baja se tramitará desde su solicitud y supondrá la pérdida de la condición de persona asociada conforme a los Estatutos de la Asociación. La baja no dará derecho al reembolso de la parte proporcional de la cuota anual ya abonada.

En caso de que la cuota esté configurada con renovación automática, la solicitud de baja impedirá que se efectúen nuevas renovaciones o cargos posteriores.

Esta política se establece de conformidad con la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, en particular con sus artículos 7, 22 y 23, y con los Estatutos de la Asociación.